Llega octubre y lo prometido es deuda. Como cada año después del verano vuelve el otoño y como cada año después del verano también vuelve nueva temporada de UnVeterinario.ES
LetiPharma, patrocinador oficial de la 5ª temporada

Esta temporada, la quinta ya, llega con aires favorables y buenas noticias porque cuenta con LetiPharma como patrocinador oficial.
Muy contento, sí, y si a uno le patrocinan pues se dice con toda la alegría de vivir que da eso. Miles de gracias a este laboratorio por confiar así de bien en mi trabajo.
Muchas novedades esta temporada
La vuelta del verano ha venido cargada de sorpresas de las cuales soy el primer sorprendido, os lo aseguro. Muchos de los que estáis escuchando esto ya sabéis que en septiembre me he pasado por Zapeando, un programa de televisión en La Sexta, para colaborar como veterinario.

Ley de protección de los derechos de los derechos y el bienestar de los animales.
En esta ley hay muchos puntos sujetos a reglamentos que por ahora no existen, así que para muchos puntos estamos en “Pausa”, sí, así como hibernando, porque aunque desde el 29 de septiembre haya entrado en vigor, muchos puntos tardarán en empezar a aplicarse porque básicamente, nadie ha especificado cómo hacerlo aún. Algunas de estas obligaciones que han sido bastante comentadas y spameadas, han sido la realización del curso de tenencia responsable o la identificación de animales incluidos en el listado positivo. De eso por ahora nos olvidamos hasta que no este desarrollado el reglamento, así que si tienes un agapornis, un jerbo o un conejo en tu casa puedes respirar tranquilamente porque nadie te lo va a arrebatar ni multar. Y si tienes un perro por ahora no tienes que hacer ningún curso.
¿Se trata de una ley sanitaria?
Algo que personalmente sí me chirría de esta ley es que dicen que no tiene rango sanitario…y mira, a mi esto no me termina de encajar con la definición de la OMS en la que dice que «La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades» Así que para mi el bienestar sí tiene rango de salud, pero esto la OMS y yo… no esta ley.
Separar el Bienestar de la Sanidad se me hace raro, pero en su artículo 1.1 lo explica de la siguiente forma:
Listado positivo
Algo que a la sociedad le ha preocupado bastante con toda esta ley es que animales con los que llevan años conviviendo dejen de ser animales de compañía y pasen a estar de la noche a la mañana en una situación ilegal en sus casas.
Esta ley nos dice que los animales de compañía serían aquellos domésticos o silvestres en cautividad que sean mantenidos por el ser humano y que no lo haga para comérnoslos o aprovecharse de algo de ellos o con fines comerciales o lucrativos y en el caso de los animales silvestres también nos dice que la especie debe estar incluida en el listado positivo de animales de compañía. Aquí un punto que ha levantado mucho conflicto, ahora lo vemos.
¿Y si yo tengo una vaca como animal de compañía?
Si ha perdido su fin productivo, la puedes inscribir como animal de compañía en el Registro de Animales de Compañía y ale, solucionado, esto también nos lo dice la ley.
¿Y el listado positivo ese del que tanto se habla?
El listado positivo aún no está definido. Por ahora la lista que tenemos es la del artículo 34 que dice que animales de compañía son:
1. Perros, gatos y hurones.
2. Aquellos que están en el listado de especies domésticas de compañía que aún no existe.
3. Especies silvestres que aparecen en el listado positivo que tampoco existe aún y del que después hablaremos.
4. Aquellos animales que eran de producción pero que ya no y tu quieras inscribirlos, es decir, tu vaca Rigoberta.
5. Las aves de cetrería y los animales de acuario no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras ni de especies silvestres protegidas.
Lo que sí hay es otras listas a tener en cuenta que especifican algunos animales que no se pueden tener a día de hoy:
- Artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave.
- Reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los dos kilogramos de peso, excepto para los quelonios, que serían tortugas y galápagos.
- Todos los primates.
- Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kg
¿Vale, y qué pasa si te identificas con alguno de los 4 puntos de los animales que no se pueden tener? Pues pasa que si tendrías 6 meses para comunicárselo a las autoridades competentes, eso dice la ley.
¿Entonces qué es esa cantinela del Listado positivo?
A futuro será un listado de especies silvestres que podrán ser animales de compañía. Los animales que estén en esa lista se podrán tener y los que no estén pues no.
¿Y cuándo estará esta lista?
El plazo máximo para su desarrollo reglamentario a día de hoy nos dicen que puede ser de unos 24 meses desde la entrada en vigor de la ley y posteriormente hay plazos transitorios…ya sabemos como va esto… así que aún le queda recorrido.
Resumiendo: hasta nuevo aviso todos los animales podrían tenerse a excepción de los prohibidos que hemos comentado.
Venta, identificación y esterilización.
Un punto interesante de esta ley es que perros, gatos y hurones ya no podrán comprarse en las tiendas de animales. Los perros, gatos y hurones de menos de 4 meses de edad únicamente podrán adquirirse desde su núcleo de cría de nacimiento, mientras que los mayores de esta edad podrán adquirirse en cualquier otro del mismo criador. Una compra reflexiva me parece una idea acertada, que no son unos zapatos para poner en escaparates. Además, que estén con sus madres y hermanos, que es donde tienen que estar a esas edades.
De todas formas esto no será inmediato, hay un tiempo de 1 año tras la entrada en vigor de la ley para que las tiendas se vayan adaptando.
Sobre la identificación decir que esta ley estatal dice que será obligatoria de perros, gatos y hurones así como el anillamiento en las aves.
¿Y qué pasa con la esterilización? ¿Tenemos que esterilizar a todos los animales?
En el caso de los gatos, sí, todos antes de los seis meses de edad salvo criterio veterinario justificado que diga lo contrario o sean animales destinados a la cría con todos sus permisos pertinentes.
En perros y hurones solo será obligatorio por parte de las protectoras o centros de protección antes de la adopción, salvo que aún no tenga edad suficiente para la cirugía, donde se deberá firmar un compromiso de esterilización en el contrato de adopción. Esto no cambia mucho, al menos en Madrid que es donde tengo mis pacientes y lo que veo cada día.
Curso de tenencia responsable y cuidados veterinarios
Esta ley obliga a realizar reconocimientos veterinarios periódicos, pero no especifica mucho más: no se sabe la periodicidad, en qué va a consistir ni cómo se va a registrar, así que es uno de esos puntos que esboza la ley y que sigue pendiente de regulación. Nada nuevo bajo el sol por el momento.
Sobre el curso de tenencia responsable de animales pasa un poco parecido porque su contenido y desarrollo todavía no está regulado, por lo tanto a día de hoy no es posible su realización, así que si te lo ofrece algún iluminado le dices que se está viendo arriba, ¿estamos? Lo que sí parece es que será gratuito y de validez indefinida.
Eutanasia
Algo muy comentado y un buen melón para abrir es el de la eutanasia de la que habla en el artículo 27.
¿Qué dice esta nueva ley sobre ella? Dice que solo está justificada bajo criterio veterinario con el único fin de evitar el sufrimiento animal por causas no recuperables que comprometan seriamente la calidad de vida del animal y que como tal ha de ser acreditado y certificado por un profesional veterinario colegiado. Esto no cambia nada.
Sobre las causas no recuperables, especifica que pueden estar dadas por la inexistencia de un procedimiento clínico o técnico que la solvente o bien por la negativa a abonar los honorarios del profesional veterinario o la imposibilidad de sufragar los gastos por parte del titular del animal. En esa situación, y como hasta este momento han hecho los profesionales veterinarios, será su propio criterio y código deontológico quien marque las opciones que deben tomar.
Muchos veterinarios nos hemos preguntado respecto a este punto cómo podremos justificar que alguien no tiene dinero para sufragar los gastos veterinarios o que simplemente tiene otras prioridades para su economía. Bien, pues si sois veterinarios y para vuestra tranquilidad, os diré que no tenemos que justificar nada respecto a la economía de nadie porque nuestro trabajo es el de ofrecer opciones terapéuticas y dejarlas por escrito. Lo que también es importantísimo es que, en caso de que exista el rechazo del titular a recibir estos tratamientos para sus animales, quede reflejado por escrito y firmado en un documento para no dar lugar a dudas en caso de producirse problemas o fallas en la comunicación a futuro.
De todas formas, al haber sido un punto de la ley que ha generado muchas dudas en esta nueva ley este punto está pendiente de desarrollo más extenso y pormenorizado.
¿Qué dice la ley sobre el seguro de responsabilidad civil?
Será obligatorio para perros, pero este punto todavía no es aplicable a nivel estatal hasta que se produzca el desarrollo reglamentario, de todas formas hay muchas comunidades autónomas que ya lo venían exigiendo desde hace años como es el caso de Madrid, así que para esto lo mejor es mirar las normativas autonómicas y locales hasta que sepamos más del reglamento.
Mi recomendación es que antes de contratar nada habléis con vuestros seguros del hogar porque muchas pólizas ya incluyen este tipo de seguro, así que si no les preguntas y te lías a contratar uno independiente a lo mejor estás pagando dos veces por lo mismo.
En el caso de perros potencialmente peligrosos, la normativa específica que la cobertura mínima del seguro de responsabilidad civil sea de, al menos, 120.000€.
Quedan muchos puntos pendiente de regulación
Muchos puntos se irán especificando en los siguientes reglamentos y también siguen quedando grietas difíciles de explicar, de alguna de ellas ya hablamos en el episodio 44 como la de los animales que se quedan fuera del amparo de esta ley.
Tendremos que permanecer atentos para ir esclareciendo los avances según vayan sucediendo. Mientras tanto nosotros seguiremos a lo nuestros sin olvidar que nuestras cosas también son un poco las cosas de los animales porque nosotros también somos animales…y cuando antes lo aceptemos, mejor nos irá.
Puedes ampliar información sobre esta ley en el último episodio de mi podcast ⬇️⬇️
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